Partes de Baja

Cuando un trabajador recibe una baja laboral, el médico competente, ya sea del servicio público de salud o de la Mutua de Trabajo, expide un parte de baja.
El trabajador tiene la obligación de presentar este parte de baja  a la empresa en el plazo de tres días y la empresa, a  su vez, debe tramitarlo ante el órgano correspondiente de la Administración en el plazo de cinco días. 
Nuestro servicio de gestión laboral se ocupa de tramitar todas las comunicaciones necesarias durante el proceso de baja por enfermedad o accidente del trabajador:
  • Cumplimentación de los datos económicos del parte de baja y presentación ante el INSS.
  • Cumplimentación del parte de baja por  accidente laboral y presentación ante la autoridad laboral y la Mutua de Trabajo
  • Presentación de los partes de confirmación
  • Presentación del parte de alta al término del proceso de enfermedad o accidente

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