En España anualmente se cobra el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por tanto, los residentes en el país tienen el deber de justificar todos sus ingresos o rentas que obtuvieron durante el período 2021-2022. Ahora, no a todos les corresponde. Por esa razón, no pierdas detalle que en este artículo sabrás quiénes están obligados a la declaración de la renta.
Por una salud financiera consolidada
La declaración de renta es hasta el 30 de junio de 2022 y el objetivo es que cada ciudadano pueda contribuir con el Estado a través del pago de impuestos. El objetivo principal es preservar la salud financiera y obtener beneficios a largo plazo como créditos, préstamos hipotecarios y otros. En este sentido se debe conocer a quiénes les corresponde declarar renta.
Y es que este impuesto va dirigido a todo aquel que tenga un ingreso mayor a 22.000 euros al año por un solo pagador. También aplica si se trata de dos pagadores pero si la cifra sumada de estos dos no supere los 1.500 euros al año. Aquellos que obtengan un ingreso mayor a 14.000 euros por conceptos de trabajos y tengan dos pagadores y con la suma de estos no superen los 1.500 euros, también tienen la obligación de declarar.
Existen muchas ventajas por instituciones como el SEPE Servicio Público de Empleo Estatal que figura como segundo pagador en algunos casos, por lo que los contribuyentes suelen tener una menor carga económica la hora de declarar.
Todo esto quiere decir que los pensionistas entran en este grupo. Asimismo, aquellas personas que obtengan ingresos por alimentos que no están exentos. De igual forma, se incluye las personas que obtengan dinero o ganancias patrimoniales que no sobrepasen los 1.600 euros al año. Para esto deben estar sometidos a ingreso a cuenta o retención.
¿Quiénes no deben declarar renta?
La Agencia Tributaria ha establecido que aquellos que obtengan subvenciones para comprar viviendas, rentas inmobiliarias imputadas y ganancias patrimoniales objetos de ayudas sociales que no sobrepasen los 1.000 euros al año, no deben declarar la renta.
De igual forma, aplica para los contribuyentes figuren como titulares de locales, pisos y plazas de garaje que son arrendados tengan rendimientos originados de capital mobiliario y actividades económicas que no sobrepasen los 1.000 al año. Asimismo, aquellos que hayan tenido pérdidas patrimoniales que no sobrepasen los 500 euros al año.
¿Cómo se realiza la declaración de renta?
Perfectamente se puede realizar vía online. Los contribuyentes no necesitan cita pero sí deben tener a la mano el DNI digital, certificado electrónico, número de referencia o clave Pin. Asimismo, se puede hacer vía telefónica desde el 6 de mayo y para este caso se necesita cita previa que la pueden solicitar llamando al 901 121 224, 915 530 071, 901 223 344 y 915 357 326.
Por Internet también se puede solicitar la cita. Si prefieres declarar presencialmente, puedes pedir la cita a estos números y dirigirte a cualquiera de las sedes principales de la Agencia Tributaria a partir del 1 de junio.
En Asesoría Fiscal Madrid nos encargamos de informarte de todos los pasos sin perder ni un detalle en la documentación para gestionar tu declaración de renta en la Agencia Tributaria. ¡Contáctanos!